El Presidente Viola en 1981, decretó los plazos mínimos de conservación de Documentos a través de 5 artículos.
Tabla de plazos mínimos de conservación de Documentos
Documentos de Personal
Documentos de Personal
Documentales:
Expedientes
Actuaciones o trámites Internos
Formularios
Actuaciones o trámites Internos
Formularios
Tema y plazo minino de Conservación :
Accidente de trabajo sin causa judicial ; 3 años desde el reintegro o declaración de incapacidad sin reintegro.
Accidente de trabajo con causa judicial: 1 año desde la finalizacion de la causa.
Asignación de funciones: 1 año desde la finalizacion de funciones asignadas.
Cesantes: Permanente.
Comisión de servicios: 1 año desde la finalizacion. 10 años desde su cumplimiento si hay indemnización.
Desarraigo: 1 año desde el conocimiento y efectivizacion del acto administrativo.
Embargo: 1 año desde el cese del embargo.
Exoneracion :Permanente.
Fallecimiento: 1 año desde la denuncia del fallecimiento.
Franquicias por estudios, maternidad, incapacidad: 1 año desde el fin de la franquicia.
Justificación de inasistencias: 1 año desde la fecha de justificación.
Legajos de Personal :Permanente.
Licencia anual ordinaria: 1 año desde que fue concedida.
Licencias especiales: 5 años desde la finalizacion de la licencia.
Licencias extraordinarias: 1 año desde la finalizacion de la licencia.
Licencias extraordinarias para realizar estudios o investigaciones: Permanente.
Nombramiento: 2 años desde la fecha de la resolución del nombramiento.
Partes de asistencia: 1 año desde su fecha.
Promociones: 1 año desde el conocimiento del acto administrativo.
Recursos administrativos: 3 años desde la notificación de resolución o decreto.
Reingresos: 2 años desde la resolución del nombramiento.
Reintegro de haberes: 1 año desde haber efectuado el reintegro.
Renuncias: 1 año desde su aceptación.
Renuncias condicionadas: 1 año desde la cesación de los servicios.
Reubicacion y reencasillamiento: 3 años desde su consentimiento y efectivizacion del acto administrativo.
Sanciones disciplinarias, apercibimiento y suspensión, que no sean de sumario: 1 año desde la sanción.
Solicitud de empleo denegada: 6 meses desde la notificación denegada.
Subrogados o suplencias: 1 año desde el fin de las mismas.
Sumarios con consecuencias patrimoniales: 10 años desde la notificación del acto dispositivo.
Otros: 5 años desde el acto dispositivo.
Cesantes o exoneracion: Permanente.
Tarjetas o planillas de control de asistencia: 1 año desde que se registró la tarjeta.
Títulos habilitantes: 1 año desde la fecha de la resolución.
Traslados y permutas: 1 año desde la fecha de consentimiento y efectivizacion del acto administrativo.
Accidente de trabajo con causa judicial: 1 año desde la finalizacion de la causa.
Asignación de funciones: 1 año desde la finalizacion de funciones asignadas.
Cesantes: Permanente.
Comisión de servicios: 1 año desde la finalizacion. 10 años desde su cumplimiento si hay indemnización.
Desarraigo: 1 año desde el conocimiento y efectivizacion del acto administrativo.
Embargo: 1 año desde el cese del embargo.
Exoneracion :Permanente.
Fallecimiento: 1 año desde la denuncia del fallecimiento.
Franquicias por estudios, maternidad, incapacidad: 1 año desde el fin de la franquicia.
Justificación de inasistencias: 1 año desde la fecha de justificación.
Legajos de Personal :Permanente.
Licencia anual ordinaria: 1 año desde que fue concedida.
Licencias especiales: 5 años desde la finalizacion de la licencia.
Licencias extraordinarias: 1 año desde la finalizacion de la licencia.
Licencias extraordinarias para realizar estudios o investigaciones: Permanente.
Nombramiento: 2 años desde la fecha de la resolución del nombramiento.
Partes de asistencia: 1 año desde su fecha.
Promociones: 1 año desde el conocimiento del acto administrativo.
Recursos administrativos: 3 años desde la notificación de resolución o decreto.
Reingresos: 2 años desde la resolución del nombramiento.
Reintegro de haberes: 1 año desde haber efectuado el reintegro.
Renuncias: 1 año desde su aceptación.
Renuncias condicionadas: 1 año desde la cesación de los servicios.
Reubicacion y reencasillamiento: 3 años desde su consentimiento y efectivizacion del acto administrativo.
Sanciones disciplinarias, apercibimiento y suspensión, que no sean de sumario: 1 año desde la sanción.
Solicitud de empleo denegada: 6 meses desde la notificación denegada.
Subrogados o suplencias: 1 año desde el fin de las mismas.
Sumarios con consecuencias patrimoniales: 10 años desde la notificación del acto dispositivo.
Otros: 5 años desde el acto dispositivo.
Cesantes o exoneracion: Permanente.
Tarjetas o planillas de control de asistencia: 1 año desde que se registró la tarjeta.
Títulos habilitantes: 1 año desde la fecha de la resolución.
Traslados y permutas: 1 año desde la fecha de consentimiento y efectivizacion del acto administrativo.
Tabla de plazos mínimos de conservación de Documentos
Documentos de Control
Tipos Documentales
Documentos de Control
Tipos Documentales
Tarjetas y Formularios
Descripción y Plazo mínimo de conservación :
Comprobantes de correspondencia certificada: 6 meses desde su fecha.
Ficha de trámite de expediente o actuación: Permanente.
Hojas de ruta: hasta el ingreso de la documentación en el archivo central.
Planillas de control de remotos de Documentos: 1 año desde la última fecha de la planilla.
Remotos de documentos: 2 años desde la fecha del remito.
Ficha de trámite de expediente o actuación: Permanente.
Hojas de ruta: hasta el ingreso de la documentación en el archivo central.
Planillas de control de remotos de Documentos: 1 año desde la última fecha de la planilla.
Remotos de documentos: 2 años desde la fecha del remito.
Pautas, Definiciones y Procedimientos
1.Pautas :
Se refiere a los documentos originales, en caso de copias pueden ser destruidas, en caso de copias autenticadas, resoluciones o disposiciones, serán considerados originales.
Las resoluciones y disposiciones recaídas en expedientes deben ser copias autenticadas. Los originales deben ser guardados permanentemente.
Los legajos de Personal deben guardarse permanentemente. Al igual que las fichas de trámites de expedientes y actuaciones.
Cada organismo más allá del plazo mínimo de guarda deberá considerar sus propias necesidades.
Los documentos deben trasladarse al Archivo General de la Nación.
Las resoluciones y disposiciones recaídas en expedientes deben ser copias autenticadas. Los originales deben ser guardados permanentemente.
Los legajos de Personal deben guardarse permanentemente. Al igual que las fichas de trámites de expedientes y actuaciones.
Cada organismo más allá del plazo mínimo de guarda deberá considerar sus propias necesidades.
Los documentos deben trasladarse al Archivo General de la Nación.
2. Definiciones
Documentos de Personal: relativos a los agentes públicos, expedientes, legajos, formularios, planillas de asistencia.
Documentos de Control: fichas de control de trámites de expedientes, comprobantes de correspondencias certificadas.
3. Procedimientos
La Comisión de Selección Documental: deberá ser integrada por un abogado, un contador, un licenciado administrador, un administrativo y un archivero, este último podrá ser remplazado por Jefe dpto de Mesa de Entradas.
Documentos incluidos en esta tabla:
Separar material, destruirlo, triturarlo o venderlo triturado.
Toda la documentación anterior a 1916 es de carácter Permanente.
Existe un Inventario de Solicitud de Desafeccion, un instructivo para el Inventario y un instructivo para solicitud de Desafeccion.
Toda la documentación anterior a 1916 es de carácter Permanente.
Existe un Inventario de Solicitud de Desafeccion, un instructivo para el Inventario y un instructivo para solicitud de Desafeccion.
Funciones del Archivo General de la Nacion
Ley 15.930 Art. 3 incisos d y e:
d. Inspeccionar lo archivos administrados dependientes del Poder Ejecutivo y requerir colaboración de funcionarios encargados de su conservación.
e. Fiscalizar los archivos administrativos para el debido traslado, efectuar arreglos para la custodia y retiro de dicha documentación.
e. Fiscalizar los archivos administrativos para el debido traslado, efectuar arreglos para la custodia y retiro de dicha documentación.
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