lunes, 9 de marzo de 2015

La Inmunidad diplomática :


La inmunidad diplomática es un derecho internacional que surgió en el Congreso de Viena en 1961.
Consiste en privelegios aplicables a las misiones y los diplomaticos extranjeros. En calidad de representantes con el fin de garantizar el desempeño eficaz ante los Estados.
Antiguamente se utilizaba el término de extraterritorialidad como sinónimo de inmunidad.
Inmunidad diplomática hace referencia a la jurisdicción de los agentes diplomáticos y a la inviolabilidad de la acción diplomática. Los privilegios serían  exenciones fiscales y arancelarias.
Los miembros de la familia del agente diplomático,  el personal administrativo y técnico y sus familiares, que no sean nacionales del ESTADO receptor gozarán de inmunidad diplomática.

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