La Sociedad internacional y el Derecho de gentes, una perspectiva histórica:
El Papa, con una función centralizadora, tenía las 3 funciones, ejecutiva legislativa y judicial. Luego se produjo la descentralización del Sacro Imperio y como mediación se produce el Arbitraje, posteriormente la resolución de conflictos se da a través de Naciones Unidas.
Los tratados de Westfalia reconocieron la independencia de los pequeños Estados Germanicos y los países bajos y adoptaron el principio de igualdad jurídica de los Estados. La paz se firmó con Alianzas pactadas con el fin de prevenir la supremacía de cualquier Estado.
La revolución industrial del siglo XIX aceleró el proceso de expansión de la cultura occidental en el mundo, culminando con surgimiento de la Sociedad de Estados civilizados.
Hoy, los Estados soberanos comparten su autoridad, entonces el concepto de soberanía dejará de ser aplicable, dando lugar a un poder político universal.
El avance de la globalizacion fue obstaculizado por la primera y segunda guerra mundial. Las políticas proteccionistas y discriminatorias de los Estados primer mundial, impiden que el resto de las Naciones participen de los intercambios comerciales, es decir que se globalicen, si lo hacen es solo a través de las transaccionales. Los avances de los países más atrasados están determinados por la presencia de capital extranjero en sus economías, lo que hace muy difícil el proceso de Independencia, ya que las decisiones se toman desde afuera.
2. Acceso a los tres niveles de Educación.
3. Gozar de un nivel de vida digno.
2.Los Estados experimentan modificaciones en sus ordenamientos jurídicos, propios de los procesos de cooperación y de integración económica.
3. Las resoluciones dictadas por los tribunales internacionales dan lugar a modificaciones en los ordenamientos internos de los Estados.
Dejando de lado a la economía nacional cerrada para pasar a una economía mundial.
La multipolaridad se visualiza en los tratados internacionales.